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Proyecto de ley de derogación del Régimen de Libertades Vigiladas

Proyecto de ley

Artículo único.- Derogase los Artículos  2 a 12 de la Ley Nº 19.446 del 28 de octubre de 2016.

Fitzgerald Cantero Piali
Representante Nacional por Montevideo

Montevideo, 12 de junio de 2019.

Exposición de Motivos

Operadores judiciales y políticos coinciden en necesidad de derogar el régimen  de libertades vigiladas contemplado por los Artículos 2 a 12 de la Ley Nº 19.446 del 28 de octubre de 2016.

Esta norma, que fue aprobada en noviembre de 2016 y promovida por el Ministerio del Interior, tiene ahora en la cartera liderada por el ministro Eduardo Bonomi a sus principales detractores, pero además existe consenso político, y entre los operadores judiciales, sobre este tema.

El ministro Eduardo Bonomi y el director de Convivencia y Seguridad Ciudadana de la Secretaría, Gustavo Leal, señalaron que las libertades vigiladas son un beneficio pensado para el sistema penal anterior, que se otorgaba después de cumplir años de prisión y si el recluso tenía buena conducta.

En tal sentido se ha pronunciado enfática y públicamente (diario El Observador del 13 de marzo de 2019) y hasta en reiteradas oportunidades, el director de Convivencia y Seguridad Ciudadana del Ministerio del Interior, Gustavo Leal, señalando que es necesario derogar la ley de libertad vigilada, dado que esta normativa fue pensada para el Código del Proceso Penal anterior. El asesor del ministro Eduardo Bonomi dijo en entrevista con Desayunos informales que esa ley, que fue aprobada en 2016, «se creó teniendo en cuenta que estaba vigente» el anterior Código del Proceso Penal.

Otro aspecto medular y muy importante es que el Ministerio del Interior es partidario de eliminar por completo las libertades vigiladas, ya que afirma que la Oficina de Supervisión de Libertad Asistida (OSLA) no está capacitada para dar seguimiento a todos los casos en los que actualmente pueden aplicarse estas medidas cautelares (diario El Observador 11 de junio de 2019).

Por su parte, el fiscal de Corte, Jorge Díaz, aseguró que en la Comisión de Seguridad de Diputados ya se había advertido sobre la implementación de esta medida: «Si se la considera inadecuada corresponde su modificación o derogación, no expresar preocupación por su aplicación». Agregó asimismo que «El CPP no estableció nunca la libertad vigilada y el instituto es aplicable a los procesos abreviados y los juicios orales donde ha sido dispuesta sin solicitud fiscal» (Búsqueda Nº 2011 del 7 de marzo de 2019).

Y el ministro de la Suprema Corte de Justicia, Dr. Jorge Chediak, había planteado una postura similar.

A su vez en las reuniones de la Suprema Corte de Justicia, el Ministerio del Interior y la Fiscalía General de la Nación para evaluar el funcionamiento del nuevo Código del Proceso Penal, también se coincidió en la línea de derogar la normativa o en su caso hacer más restrictivo el acceso a este beneficio.

También se ha expresado públicamente que la preocupación del Ministerio del Interior radica en que miles de personas saldrán de prisión bajo el régimen de «libertad vigilada» lo que puede llevar a que un porcentaje reincida en el delito y que eso tenga un impacto en la seguridad.

En tal sentido, y según informa la prensa nacional, en una pasada reunión celebrada el pasado 22 de febrero de 2019 y en la que participó el ministro Bonomi, el director Nacional de Policía, Mario Layera, el fiscal de Corte, Jorge Díaz y la ministra de la Suprema Corte de Justicia Bernadette Minvielle, la cartera manifestó su preocupación por que en 2019 se estimaba que unos 4 mil presos saldrían de la cárcel para culminar su pena bajo libertad vigilada.

Fitzgerald Cantero Piali
Representante Nacional por Montevideo

Montevideo, 12 de junio de 2019.